Faltan menos de 90 días - El registro de jornada no se resuelve con un reloj checador
El 1 de enero de 2027 coinciden dos cambios en México: la jornada máxima baja de 48 a 46 horas semanales y entran en vigor las disposiciones generales de la STPS para el registro electrónico de la jornada, con hora de inicio y de término de cada persona trabajadora (art. 132, fracc. XXXIV de la LFT; decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026).
Al momento de escribir esto no he visto publicadas esas disposiciones, que definirán a quién aplica la obligación y a quién no. Esperarlas para empezar me parece el error más costoso: la multa prevista va de 250 a 5,000 UMA (art. 994, fracc. IV Bis), pero el riesgo de fondo es otro.
Un registro electrónico hace visible lo que hoy se administra de manera informal: tiempo extra no autorizado, cargas mal distribuidas y turnos que solo funcionan porque alguien se queda más tiempo.

Desde la óptica de talento humano, veo cuatro frentes para este trimestre:
Medir la jornada real por puesto y turno antes de elegir tecnología. El sistema registra; no corrige el diseño del trabajo.
Rediseñar turnos y cargas para 46 horas. En 2027 el tope de tiempo extra se mantiene en 9 horas semanales, así que la reducción no se compensa con más horas extraordinarias.
Preparar a los mandos medios. Son quienes autorizan el tiempo extra y de ellos depende que el registro refleje la operación.
Costear escenarios. El decreto establece que la reducción no puede implicar disminución de sueldos, salarios o prestaciones.
La meta es llegar a 40 horas en 2030. Quien use 2027 para ordenar sus procesos llegará con menos costo y menos fricción.
Tres preguntas para quienes dirigen la organización
¿Sabemos cuántas horas se trabajan realmente en cada puesto, o solo las que aparecen en la nómina?
¿Qué parte de nuestros resultados depende hoy de tiempo extra que nadie autoriza ni mide?
¿Quién en el equipo directivo responde por llegar a 46 horas en enero, y con qué presupuesto y calendario?
Fuentes
Decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de la jornada laboral, Diario Oficial de la Federación, 1 de mayo de 2026.
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